Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal rechaza el recurso del progenitor y confirma la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia al aplicar la doctrina del Tribunal Supremo (TS). Ambas resoluciones recuerdan que el TS ha establecido como causa para extinguir ese abono que la falta de relación entre el progenitor y sus hijos mayores de edad “sea relevante e intensa, sin que baste un enfado puntual” y que sea “imputable, principalmente, a los hijos”