Resumen del criterio jurisprudencial
Inmobiliaria Altas Cumbres S.A., representada por Patricia Zamora Montenegro, interpuso un reclamo tributario contra el avalúo de bienes raíces ante el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago. El tribunal ordenó subsanar la presentación dentro de 15 días desde la notificación, realizada mediante carta certificada el 11 de julio de 2013, entendiéndose notificada el 15 de julio. La reclamante cumplió con lo ordenado recién el 20 de agosto de 2013, fuera del plazo que vencía el 2 de agosto. Por ello, habiendo sido apercibida, el tribunal aplicó el inciso 3° del artículo 125 del Código Tributario y tuvo por no presentada la reclamación.