Resumen
El tribunal tributario y aduanero de temuco, confirmó en parte un acta de denuncia notificada por el servicio de impuestos internos en contra de un contribuyente que incurrió en la conducta sancionada en el artículo 97 n° 4, inciso 2° del código tributario. en concepto del tribunal, resultó demostrado que el denunciado registró en su contabilidad e incorporó en sus declaraciones de iva, dieciocho facturas falsas que daban cuenta de operaciones inexistentes, concretando maniobras dolosas destinadas a evadir impuestos, por lo cual se configuró la conducta prevista en el artículo 97 n° 4 inciso 2° del código tributario. sin embargo, el tribunal consideró que no se configuraba la infracción del inciso 1° del n° 4 del artículo 97, pues no se adjuntaron antecedentes en el acta de denuncia que permitieran tenerla por acreditada, limitándose la misma sólo a determinar el supuesto perjuicio fiscal en el impuesto a la renta.