Aduanero

Se declara extemporáneo el reclamo por no haber reclamado dentro del plazo de 90 días,…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se declara extemporáneo el reclamo por no haber reclamado dentro del plazo de 90 días, incluyendo los días suspendidos por la presentación de la reposición administrativa presentada por el actor. no se dio lugar a la apelación, porque hoy el legislador aduanero no lo permite en tema de extemporaneidad.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.