Seguridad social

Seguridad social: CCAF, Crédito Social

Resumen del criterio jurisprudencial

CCAF: Crédito Social. Si un tribunal declara la prescripción de la acción ejecutiva o cambiaria, subsiste la acción ordinaria, por lo que si no alegado y declarado la prescripción de ésta última acción, debe entenderse que la obligación de pago se mantiene vigente y proceden las acciones de cobranza de las cuotas morosas, hasta el pago total del crédito.

CCAFCrédito Social

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.