Resumen del criterio jurisprudencial
María de la Luz Amelia Barros Nogues interpuso un reclamo contra la liquidación N°206 emitida el 28 de agosto de 2013 por la XV Dirección Regional Metropolitana del Servicio de Impuestos Internos. La parte reclamante alegó que la liquidación fue dictada fuera del plazo de prescripción establecido en el artículo 200 del Código Tributario y que la citación contenía errores sustanciales que la hacían ininteligible. El tribunal verificó que el plazo de prescripción para la acción fiscalizadora del impuesto a la renta del año 2010 vencía el 30 de abril de 2013 y que la citación sólo ampliaba dicho plazo para operaciones específicas. Además, constató que los montos y folios citados no coincidían con los registros de la Sucesión Pablo Rodríguez A ni de la Sociedad Comercial Audio Alarmas Limitada. En consecuencia, el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero declaró sin efecto la liquidación impugnada y dispuso que cada parte asuma sus propias costas. La resolución fue firmada electrónicamente por el Juez Titular Miguel Andrés Massone Pardo el 6 de octubre de 2017.