Resumen del criterio jurisprudencial
La parte reclamante, Jorge Arellano Fonti y Compañía Limitada, se desistió de la reclamación deducida el 1 de junio de 2018 por vulneración de derechos por parte del Servicio de Impuestos Internos. El Servicio de Impuestos Internos evacuó el traslado aceptando el desistimiento. El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bío Bío acogió el desistimiento sin costas, ordenando notificar por carta certificada a la reclamante y mediante publicación en el sitio web del tribunal a la reclamada. La resolución fue dictada por el juez titular Anselmo Iván Cifuentes Ormeño y autorizada por el secretario titular Jaime Andrés González Orrico.