Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de que la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile emita el bono de reconocimiento previsto en el artículo 4° de la ley N° 18.458, para un ex imponente de esa institución que se retiró sin derecho a jubilación y que previamente se había afiliado al sistema de capitalización individual. El órgano recordó que, según su dictamen N° 77.601, de 2012, la emisión del bono presupone una afiliación única y previa en las cajas institucionales, de modo que en caso de doble afiliación, si la incorporación al sistema de AFP fue anterior a la adscripción a las cajas, no procede otorgarlo. Sin embargo, aplicó lo establecido en el oficio N° 67.911, de 2013, según el cual, si el requerimiento se presentó formalmente bajo la jurisprudencia anterior y la demora administrativa no puede perjudicar al imponente. Como el solicitante inició sus gestiones antes del cambio jurisprudencial, la Contraloría resolvió que corresponde acceder a su petición, ordenando a la Dirección de Previsión de Carabineros verificar la vigencia de las cotizaciones y emitir el bono para ser enviado a la administradora de fondos de pensiones respectiva.