Resumen del criterio jurisprudencial
Corresponde que ASMAR asuma las diferencias que puedan producirse entre el pago de las remuneraciones de sus trabajadores y el subsidio frente a enfermedades laborales o accidentes del trabajo. Procede consultar directamente a la Superintendencia de Seguridad Social para que esta se pronuncie sobre situaciones concretas relacionadas con la recuperación del subsidio de la ley N° 16.744.