Resumen del criterio jurisprudencial
Se abstiene de emitir un pronunciamiento en relación con el permiso de edificación Nº 179, de 2017, de la Dirección de Obras Municipales de Ñuñoa, por las razones que se indican. El plazo de dos años señalado en artículo 53 de la ley N° 19.880, tratándose de la emisión de permisos de edificación, no debe contarse a partir del cumplimiento de la obligación de publicidad que se detalla.