Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de una funcionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que consultaba si un diploma de A.E.P., otorgado por la Fundación DUOC en 1978, permitía acreditar un título técnico habilitante para acceder a un mejor grado. El organismo recordó que la ley N° 19.184 exige para los grados 19 al 22 de la planta técnica contar con licencia de educación media y título técnico afín. Concluyó que, previo a resolver, la Fundación DUOC debe pronunciarse sobre la eventual equivalencia entre dicho diploma y un título técnico. Además, reiteró su jurisprudencia según la cual corresponde a la autoridad del organismo determinar la necesidad de efectuar nombramientos o contrataciones, por lo que no está obligada a designar a la peticionaria en un grado distinto del que posee, aun cumpliendo los requisitos.