AdministrativoRechaza

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Unidad de Análisis Financiero, respecto d…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Unidad de Análisis Financiero, respecto de información relativa a los umbrales utilizados por el organismo en el tratamiento de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) y Reportes de Operaciones en Efectivo (ROE). Lo anterior, por configurarse la causal de reserva o secreto contemplada en el artículo 21 N°5 de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 13 de la ley N°19.913, estimándose que dicha disposición, interpretada en el contexto del sistema normativo que establece la ley N°19.913 y atendida la naturaleza de inteligencia financiera de la Unidad de Análisis Financiero, constituye una declaración de reserva de alcance institucional reconducible a la causal constitucional de afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano. Para arribar a dicha conclusión, se tuvo especialmente presente la doctrina de la Excelentísima Corte Suprema sobre el alcance institucional de los deberes legales de reserva (Rol N°), así como el criterio de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en cuanto a que, configurada una ley de quórum calificado que establezca la reserva, procede el rechazo del amparo.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.