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El tribunal tributario y aduanero de la región del maule rechazó la reclamación interpu…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región del maule rechazó la reclamación interpuesta en contra de una liquidación que determinó diferencias de impuesto global complementario por la omisión de la tributación del mayor valor obtenido en la enajenación de un bien raíz a una empresa relacionada, mediante su aporte a la constitución de una empresa individual de responsabilidad limitada (e.i.r.l.), según lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del n°8 del artículo 17 de la ley sobre impuesto a la renta, que grava el mayor valor obtenido con impuestos finales sobre base devengada. al respecto, el contribuyente reclamante alegó que, en virtud de una escritura pública sobre resciliación, consintió en dar por nula la constitución de la e.i.r.l., por lo que tanto aquella como el aporte social quedaron sin efecto. sin embargo, en la sentencia se determinó que una resciliación no produce las consecuencias de una nulidad, sino que tiene efectos relativos en cuanto a dejar sin efecto obligaciones pendientes o no cumplidas, produciendo efectos solo hacia el futuro y no retroactivos, no pudiendo, además, afectar derechos de terceros de buena fe, como es el fisco, por cuanto la resciliación se suscribió una vez que este último había hecho valer sus derechos en relación con el hecho gravado a lo anterior, se agregó que las causales de término de una e.i.r.l., reguladas en la ley n°19.857, dentro de las cuales se encuentra la voluntad del empresario, operan hacia el fututo, poniendo fin a la empresa a partir de la fecha de concurrencia de la causal, no pudiendo establecerse efectos retroactivos por extensión, propios de la nulidad que se encuentra reglada de forma especial en la ley n°19.499, aplicable a las e.i.r.l. finalmente, en cuanto a la alegación sobre enriquecimiento sin causa, se indica que el hecho gravado no se configuró en consideración a las actividades de la e.i.r.l. sino que en relación con el mayor valor obtenido en base devengada por la persona natural del contribuyente reclamante, al enajenar su bien raíz a aquella empresa inmobiliaria. sentencia confirmada, recursos rechazados tanto por la iltma. corte de apelaciones de talca como por la excma. corte suprema.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.