Resumen del criterio jurisprudencial
La Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua interpuso una reclamación contra la Resolución Exenta N° 1129/2016 del Director Ejecutivo del SEA, que declaró inadmisible su solicitud de invalidación de la Resolución Exenta N° 1715/2015. Esta última había resuelto que el proyecto 'Cambios al Proyecto de Modificación Sistema de Manejo de Aguas de Contacto del Depósito de Lastre Norte' de CODELCO no requería ingresar al SEIA. La reclamante alegó que el SEA debió pronunciarse sobre el fondo de la invalidación. El Segundo Tribunal Ambiental analizó la procedencia de la reclamación y la competencia del tribunal para conocer del fondo. Considerando que la Administración había tenido oportunidad de pronunciarse, el tribunal aplicó el principio de economía procedimental y decidió entrar a revisar el fondo del asunto. En consecuencia, acogió la reclamación.