Resumen del criterio jurisprudencial
Hospital y Servicio de Salud deberán pagar $200 millones a padres por daño moral. Ratificó la existencia de un hecho culpable y negligente de las instituciones demandadas. El daño moral afecta los elementos psíquicos o espirituales del ser humano. La indemnización se basó en el artículo 41 de la Ley N°19.966. Tomó en cuenta testimonios sobre el profundo impacto emocional en los padres, incluyendo la separación de la pareja. La Corte consideró la posición de las víctimas, la naturaleza del daño, y las "circunstancias personales de la víctima".