La Corte Constitucional de Colombia conoce de una acción de tutela interpuesta por A.F.…
Sentencia · 2025
Resumen
La Corte Constitucional de Colombia conoce de una acción de tutela interpuesta por A.F.L., integrante de las FARC en proceso de reincorporación, contra entidades financieras que le negaron la apertura de productos financieros por sus antecedentes penales e investigaciones en curso. La Corte determina que los antecedentes penales y las investigaciones penales no constituyen causales objetivas y razonables para negar acceso al sistema financiero, vulnerando los derechos fundamentales a la igualdad, no discriminación e inclusión financiera. Se ordena a las entidades financieras aplicar un enfoque basado en riesgo, evaluando medidas menos restrictivas que equilibren la prevención de riesgos con el derecho a la inclusión financiera. Se ordena a la Superintendencia Financiera expedir una circular con lineamientos claros que garanticen este equilibrio.
Normas citadas
Decreto estatutario 2591 de 1991
reincorporación socialacceso al sistema financieroantecedentes penalesdiscriminacióninclusión financieraenfoque basado en riesgoderechos fundamentalesigualdad
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