Resumen del criterio jurisprudencial
José Manuel Alvarado Mardones, marinero de 66 años, interpuso recurso de protección contra la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Chiloé por rechazar su licencia médica N°3-126793984 de 30 días. Alegó que la resolución fue emitida fuera del plazo legal de 7 días hábiles, vulnerando su derecho de propiedad (artículo 19 N°24 de la Constitución). La recurrida informó que el recurrente acumulaba 239 días de reposo, de los cuales 179 fueron autorizados, y que sus patologías óseas degenerativas eran crónicas e irrecuperables, sin expectativa de retorno laboral. La Corte consideró que el rechazo se basó en antecedentes médicos objetivos y dentro de las competencias de la COMPIN, sin ilegalidad ni arbitrariedad. Por ello, rechazó el recurso de protección, sin costas.