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El candidato a Concejal por la comuna de Aysén, Carlos Alejandro Arteaga Millacari, int…

Resumen del criterio jurisprudencial

El candidato a Concejal por la comuna de Aysén, Carlos Alejandro Arteaga Millacari, interpuso una reclamación contra la Resolución N°G5386 del Director del Servicio Electoral, que aprobó su cuenta general de ingresos y gastos electorales con observaciones. El reclamante admitió no haber respondido dentro del plazo de diez días a las observaciones contenidas en el Oficio Ordinario G N°4001. La normativa aplicable es la Ley N°19.884, que en sus artículos 47, 44 bis y 49 establece los plazos y requisitos para la presentación y subsanación de cuentas electorales. El Tribunal consideró que la falta de respuesta dentro del plazo impide que las observaciones se consideren subsanadas. En consecuencia, se confirmó la resolución del Servicio Electoral y se rechazó la reclamación. La decisión fue firmada por el presidente Arturo Prado Puga y los ministros Mauricio Silva Cancino, Omar Astudillo Contreras y Gabriel Ascencio Mansilla.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.