El dictamen N° 394 interpretó el artículo 24 del decreto N° 172 de 2014, del Ministerio…
Resumen del criterio jurisprudencial
El dictamen N° 394 interpretó el artículo 24 del decreto N° 172 de 2014, del Ministerio de Hacienda, y determinó que la autoridad debe contar con el informe de desempeño del tercer año de ejercicio para decidir la renovación, pese a que el reglamento no se ha adecuado a la ley N° 20.955.
La Contraloría determinó que la renovación de altos directivos públicos requiere la evaluación del convenio de desempeño del tercer año del período.El dictamen se funda en el artículo 24, inciso tercero, del decreto N° 172 de 2014, que mantiene su vigencia pese a las reformas legales posteriores.El alto directivo debe entregar el informe del tercer año con 120 días de anticipación al vencimiento de su nombramiento.La pronunciación fue solicitada por la Dirección Nacional del Servicio Civil.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.