Resumen del criterio jurisprudencial
Cristóbal Ricardo Lizama Aspe interpuso un recurso de protección contra Isapre Colmena Golden Cross S.A. por considerar que la isapre otorgaba menor cobertura a prestaciones de salud mental en comparación con las de salud física, vulnerando sus garantías constitucionales. La isapre recurrida opuso la excepción de cosa juzgada, señalando que el recurrente ya había interpuesto un recurso de protección idéntico ante la misma Corte, el cual fue rechazado por sentencia firme de 17 de abril de 2025. El recurrente replicó que la sentencia anterior solo producía cosa juzgada formal. La Corte consideró que el nuevo recurso versaba sobre los mismos hechos y derechos ya resueltos, sin que se hubieran aportado nuevos antecedentes que permitieran considerarlo un acto de vulneración distinto. En consecuencia, la Corte rechazó el recurso de protección, aplicando el principio de cosa juzgada. La decisión se basó en el artículo 20 de la Constitución y el Auto Acordado sobre la materia.