Administrativo

Dado que ingreso familiar de emergencia constituye un beneficio excepcionalísimo, desti…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dado que ingreso familiar de emergencia constituye un beneficio excepcionalísimo, destinado a ayudar a los hogares vulnerables del país a mitigar los efectos negativos de la pandemia del COVID- 19, solo pueden acceder a los pagos pendientes de esa prestación por poder, por regla general, los miembros del hogar respectivo mayores de edad.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.