Resumen del criterio jurisprudencial
Asignación Familiar. Los empleadores pagarán a sus trabajadores dependientes, las asignaciones familiares y maternales una vez al mes, junto con el correspondiente pago de las remuneraciones y previo el reconocimiento de las cargas y la autorización de pago efectuada por la respectiva entidad administradora. Por su parte, los empleadores que paguen asignaciones familiares y maternales a sus trabajadores, deducirán el monto pagado por este concepto, de las cotizaciones que deben enterar en las instituciones de previsión.