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La Corte de Apelaciones de Rancagua conoce del recurso de hecho interpuesto por el abog…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte de Apelaciones de Rancagua conoce del recurso de hecho interpuesto por el abogado Manuel Alejandro Lisboa Cordero en representación del ejecutado Fernando Iván Domínguez Núñez contra la resolución de 16 de junio de 2026 que rechazó la excepción opuesta en un juicio ejecutivo especial de cobro de obligaciones tributarias. El recurrente sostiene que la resolución es una sentencia definitiva y que el plazo de apelación es de diez días, no de cinco, por lo que su recurso habría sido presentado en tiempo y forma. La Corte analiza la naturaleza jurídica de la resolución, determinando que, al rechazar una excepción sin entrar al fondo, constituye una sentencia interlocutoria susceptible de recurso de apelación. Sin embargo, la Corte verifica que la notificación de la resolución se realizó el 25 de mayo de 2026 y que el recurso fue interpuesto fuera del plazo de diez días establecido por el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se declara extemporáneo el recurso y se rechaza el recurso de hecho. La sentencia se dicta sin costas y se archiva el expediente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.