Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema de Chile, en procedimiento voluntario, se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso de casación en la forma deducido por la parte solicitada (Héctor Yeovany Rivera Vásquez) en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que confirmó el fallo de primer grado que nombró un árbitro arbitrador. El recurso fue interpuesto por el abogado Luis Alberto Apablaza Oliva. La Corte analiza el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, que establece los requisitos para la procedencia del recurso de casación en la forma. Concluye que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, ni se encuentra en las excepciones legales. Por lo tanto, declara inadmisible el recurso de casación en la forma. La decisión se funda en los artículos 764, 765, 766 y 781 del mismo código. Se ordena registrar y devolver los antecedentes.