Resumen
La doctrina relevante de la mayoría en la resolución del Tribunal Constitucional en el Rol N° se centra en la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216. La Ratio Decidendi establece que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe respetar principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad de las penas y la igualdad ante la ley, consagrados en los artículos 19 N°s 1°, 2° y 3° de la Constitución. Se sostiene que la exclusión total de ciertos delitos de las penas sustitutivas vulnera el estándar de racionalidad y justicia, al no considerar la gravedad del delito en términos del quantum de la pena. Además, se enfatiza que las penas sustitutivas no son beneficios, sino sanciones que restringen derechos y buscan la reinserción social, siendo más equilibradas que la privación de libertad. La mayoría argumenta que la norma impugnada es desproporcionada e inequitativa, ya que impide al juez determinar la pena más adecuada al caso concreto, lo que atenta contra el principio de humanidad y la finalidad resocializadora de las penas. Los Obiter Dicta incluyen consideraciones sobre la importancia de la constitucionalización del derecho penal, destacando que las normas constitucionales deben interpretarse de manera sistemática y teleológica. También se menciona que el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable y la aplicación de la ley más favorable (lex mitior) son garantías fundamentales que limitan el poder punitivo del Estado, asegurando que las penas sean proporcionales y racionales. Asimismo, se señala que el legislador no puede prescindir de la finalidad de reinserción social al establecer las reglas de punición, y que el uso racional de la privación de libertad debe reservarse para los delitos más graves. Finalmente, se destaca que la exclusión de las penas sustitutivas para ciertos delitos, como los contemplados en la Ley N° 17.798, genera una desigualdad injustificada y vulnera el principio de proporcionalidad, lo que lleva a acoger el requerimiento de inaplicabilidad en el caso concreto.