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Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de La Higuera, ordenando la e…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de La Higuera, ordenando la entrega de copia de los diversos antecedentes relacionados con el uso de camiones aljibe para traslado de agua para consumo humano para apoyar al APR de La Higuera, debiendo el órgano tarjar, previamente, todos los datos personales de contexto que pudieran estar incorporados en la documentación que se entregue, como por ejemplo, el número de cédula de identidad, domicilio particular, estado civil, teléfono, casillas de correo electrónico particular, entre otros. En el evento de que alguna parte de la información requerida no exista o no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia a la reclamante y a este Consejo, en la etapa de cumplimiento, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen, y acreditando las respectivas labores de búsqueda, conforme lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Instrucción General N° 10 de este Consejo. Lo anterior, por tratarse de información pública que debe obrar en poder del órgano conforme a sus obligaciones legales, por haber otorgado respuesta incompleta y entregado documentación que no se refiere a todas las materias consultadas, y por no haber alegado causales de reserva que ponderar. Se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, por no haber entregado respuesta a la solicitud, dentro del plazo legal.

amparoDecisión de FondoServicios Básicos

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.