Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad deducido por Martín Pradenas en contra del artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal. La decisión se fundamentó en que el requerimiento carece de fundamento plausible conforme al artículo 84, N° 6, de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. El requirente no demostró una contradicción directa, clara y precisa entre la norma cuestionada y la Constitución Política. Se dejó sin efecto la suspensión del procedimiento que había sido decretada. La sentencia contó con un voto disidente del Ministro Miguel Ángel Fernández González.