Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordenando la entrega de la información requerida, correspondiente a una serie de antecedentes referidos a accidentes ocurridos en la industria minera extractiva, con el desglose que se detalla en planilla Excel adjunta a la solicitud, para el periodo desde enero de 2000 hasta marzo de 2025. Lo anterior, por cuanto, se encuentran amparadas por la Ley de Transparencia aquellas peticiones que se refieran a información que puede desprenderse de los registros, antecedentes y fuentes de datos que el organismo mantenga en su poder, cuya respuesta no suponga la imposición de un gravamen a su respecto, ni la configuración de ninguna de las causales de reserva o secreto; sin haber alegado el organismo otras circunstancias de hecho o hipótesis de excepción a la publicidad, que ponderar. Se rechaza el amparo respecto de la entrega de la información correspondiente al campo “Actividad que realizaba la (o las) persona accidentada al momento del accidente”, al no haber formado parte de la solicitud que funda el reclamo.