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La empresa LIDERMAN SPA, representada por su mandatario judicial, interpuso una reclama…

Sentencia · 2026

Resumen

La empresa LIDERMAN SPA, representada por su mandatario judicial, interpuso una reclamación judicial en contra de la resolución administrativa N°1780/26/11 dictada por la Inspección Comunal del Trabajo de Molina, que aplicó dos multas: una por no exhibir documentación laboral y otra por no llevar correctamente el registro de asistencia. La empresa alegó infracción al principio de proporcionalidad, argumentando que la multa por no exhibir documentación debía calcularse según los artículos 31 y 32 del DFL N°2 de 1967, y que no se consideraron los criterios del artículo 506 quáter del Código del Trabajo. La Inspección del Trabajo defendió la legalidad de las multas, señalando que se ajustaban al manual de fiscalización y al tipificador infraccional. El tribunal rechazó la reclamación, considerando que no se acreditó error de hecho ni de derecho, y que la sanción se cursó conforme a derecho. Asimismo, rechazó la solicitud subsidiaria de rebaja de la multa, por tratarse de un reclamo del artículo 503 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • Art. 31 y 32 DFL N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
  • Art. 8 Ley N°18.018
  • Decreto Supremo N°51 de 1982 del Ministerio de Justicia
  • Art. 505 A del Código del Trabajo
  • Art. 506 quáter del Código del Trabajo
  • Art. 503 del Código del Trabajo
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