Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción rechaza la reclamación interpuesta por la Corporación Educacional Masónica de Concepción (COEMCO), sostenedora del Colegio Fraternidad, en contra de la resolución que confirmó una multa de 75 UTM impuesta por la Superintendencia de Educación. La sanción fue aplicada por infracciones a la normativa educacional relacionadas con el cierre de puertas y exclusión de alumnos del recinto. El tribunal confirma la validez del acta de fiscalización y los procedimientos administrativos seguidos por la SIE. La decisión se fundamenta en el artículo 52 de la Ley N° 20.529, que otorga carácter de ministro de fe a los fiscalizadores. Se rechaza sin costas la reclamación en todas sus partes.