Tributario

Por tanto, para documentar la operación de reembolsos de gastos, los vendedores (autom…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2015

Resumen

Por tanto, para documentar la operación de reembolsos de gastos, los vendedores (automotoras) no deben incluir estos reembolsos en la factura de venta de vehículos nuevos, debiendo emitir cualquier otro documento de carácter interno que dé cuenta fehaciente de ésta operación accesoria a la venta. No obstante lo anterior, es importante verificar que dichas sumas no incluyan una comisión cobrada por las automotoras, ya que de ser así se debería analizar si la parte correspondiente a dicha comisión se encuentra o no afecta a IVA. De acuerdo a lo expuesto, cabe resumir lo siguiente: "¢ Las facturas de compraventa de vehículos nuevos se deben emitir incluyendo solamente el valor de la venta y el IVA correspondiente. "¢ Para los reembolsos de gasto, se deberá emitir un documento de

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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