Resumen del criterio jurisprudencial
Don Marcelo Patricio Vargas Martínez, candidato a Consejero Regional por la Circunscripción Valdivia, reclamó contra la Resolución N°G9991 del Servicio Electoral, que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales. El Tribunal tuvo por subsanadas las observaciones N°3 y N°4, considerando que el candidato declaró que todos los gastos estaban pagados y se desistió expresamente de la solicitud de reembolso. También tuvo por subsanada la observación N°7, al haberse acompañado la valorización de los servicios del Administrador Electoral en los términos exigidos. La observación N°6 fue levantada porque el documento tributario objetado como extemporáneo se emitió dentro del plazo del artículo 47 de la Ley N°19.884. En consecuencia, se acogió la reclamación y se tuvo por aprobada la cuenta electoral. No obstante, se declaró conforme a Derecho la desestimación del reembolso, por no existir documentos pendientes de pago.