Resumen del criterio jurisprudencial
Aclara alcance del dictamen N° 2.741, de 2020, de este origen, en el sentido de que al no existir plazo para solicitar la emisión del bono de reconocimiento, nada impide que este sea requerido y concedido por aplicación de este nuevo criterio. DIPRECA debe conceder ese beneficio a la interesada que indica en el caso de que su situación previsional se ajuste a las condiciones descritas por ese pronunciamiento.