Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción acoge un recurso de protección interpuesto por una mujer que se desempeña como cuidadora y curadora de su madre con discapacidad severa. La recurrente fue objeto de una campaña de desprestigio a través de redes sociales (TikTok) iniciada por su sobrina, en la que se compartían videos de su domicilio con descripciones peyorativas. Un abogado que participó en procedimientos judicales anteriores se sumó a esta campaña, solicitando que los videos se viralizaran a través de su página profesional de Instagram. La sentencia ordena a los recurridos eliminar las publicaciones en redes sociales y abstenerse de efectuar nuevas difusiones públicas o privadas sobre la recurrente. Se considera que esta conducta vulnera garantías fundamentales consagradas en la Constitución Política.