Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la resolución del Juzgado de Garantía de Temuco que rechazó decretar la prisión preventiva para los imputados Rossanna Venegas Carreño y Arturo Heriberto Lizama Alarcón. Los imputados habían sido formalizados por más de un ilícito. El tribunal de primera instancia impuso en su lugar las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional. La Corte consideró que, si bien se cumplen los presupuestos de existencia del delito y participación, la necesidad de cautela no justifica la prisión preventiva. Se ponderó que los imputados gozan de irreprochable conducta anterior, son mayores de 50 años y cuentan con antecedentes laborales. Por ello, las medidas alternativas satisfacen los fines del procedimiento. La decisión fue adoptada en audiencia y comunicada por la vía más rápida.