Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Servicio de Impuestos Internos, teniéndose por entregada extemporáneamente, con la notificación del acuerdo, copia de la denuncia que dio inicio al procedimiento de fiscalización en contra de la constructora consultada. Lo anterior, por cuanto la información acompañada por el órgano en sus descargos permite satisfacer lo reclamado. Por otra parte, se rechaza el amparo respecto información sobre el bloqueo informático para la emisión de facturas y documentos tributarios electrónicos de Constructora Barlovento SpA., toda vez que el órgano proporcionó toda la información que obra en sus registros sobre lo pedido, no constando en el procedimiento antecedentes suficientes que desvirtúen lo aclarado por la reclamada respecto a la ausencia de información adicional.