Resumen del criterio jurisprudencial
No. De conformidad con la doctrina sustentada por la Dirección del Trabajo, no resulta jurídicamente procedente aplicar las normas relativas a la transformación de un contrato de plazo fijo en contrato de duración indefinida a aquellos suscritos por profesionales de la educación, dependientes de una corporación municipal, que tengan la calidad de contratados.