Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resolvió tener por no presentada la reclamación de María Elisa Merino Palacios contra el Servicio de Impuestos Internos, debido a que la reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado dentro del término conferido, en particular a la designación de domicilio para efectos de notificaciones. En consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento decretado y se declaró la reclamación como no presentada, ordenándose la notificación de la resolución mediante publicación en el sitio web del tribunal. El fallo se funda en los artículos 149 inciso final, 151 y 125 inciso final del Código Tributario. No se dictó sentencia sobre el fondo del asunto, sino que se resolvió una cuestión procesal de inadmisibilidad.