Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de San Miguel dictó resolución el 28 de septiembre de 2026 en el Civil. Ello en virtud de un recurso de apelación subsidiario interpuesto contra resolución de fecha 2 de septiembre de 2026 del Primer Juzgado de Letras de Buin, causa. La resolución recurrida había rechazado una solicitud de verificación y exclusión de crédito. El tribunal de alzada consideró lo previsto en el artículo 4° N°2 de la Ley N°20.720, que limita la procedencia del recurso de apelación a resoluciones expresamente señaladas en dicha ley. Al no encontrarse la resolución impugnada dentro de las hipótesis legales, se declaró inadmisible por improcedente el recurso. Finalmente, se ordenó devolver los antecedentes por interconexión y archivar para efectos computacionales.