Resumen del criterio jurisprudencial
Aconcagua Sur S.A., representada por la abogada María Fernanda Muñoz Campos, interpuso un reclamo tributario contra la sobretasa aplicada bajo el Artículo 7 Bis de la Ley N°17.235. El Servicio de Impuestos Internos respondió y, posteriormente, la parte reclamante presentó un desistimiento del reclamo el 19 de junio de 2026. El tribunal recibió el desistimiento y, tras verificar la intención inequívoca de la parte reclamante y la ausencia de oposición del SII, resolvió aceptar el desistimiento. La resolución se fundamentó en los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2 y 148 del Código Tributario. No se impusieron costas a ninguna de las partes y se ordenó la notificación a la reclamante y al SII. La decisión fue firmada electrónicamente por el Juez Luis Alfonso Pérez Manríquez el 23 de junio de 2026.