Resumen del criterio jurisprudencial
Tienen derecho a la Planilla Complementaria -remuneración de carácter mensual en dinero, imponible y tributable- aquellos docentes que, teniendo relación laboral vigente a la fecha de entrada en vigencia de una ley que incremente la Remuneración Total Mínima, perciban una remuneración inferior a dicho monto y que equivale a la diferencia existente entre este último monto y la total mínima legal.