Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de herederos de una exfuncionaria que pretendían percibir la bonificación por retiro establecida en la ley N° 19.882. El órgano concluyó que los recurrentes no tienen derecho al beneficio. La causante presentó una renuncia voluntaria para acogerse al bono, pero falleció antes de que ésta se materializara, por lo que su cese se produjo por fallecimiento, causal distinta de la renuncia voluntaria que exige la ley. Por ello, el bono no ingresó a su patrimonio, pues sólo existía una mera expectativa. Asimismo, se descartó la aplicación del artículo 7°, inciso segundo, del decreto N° 834, de 2003, del Ministerio de Hacienda, ya que la excepción aplicable sólo opera ante jubilación, pensión o renta vitalicia, y no ante una pensión de invalidez.