TributarioRechaza

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte de…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante respecto de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó en todas sus partes lo decidido con fecha 6 de enero del año 2025 por el vigésimo noveno Juzgado Civil de Santiago, que acogió la excepción dilatoria de incompetencia planteada por el Servicio. La contribuyente interpuso una demanda de jactancia en el Juzgado de Letras en juicio sumario contra el Servicio de Impuestos Internos. Lo anterior, para que el Órgano Fiscal tomara una decisión final debidamente fundada, y en base a ella, ejerciera las acciones penales y/o civiles que estimara pertinente en relación a un proceso de recopilación de antecedentes que según la actora, se había dilatado por mas de dos años por parte del Servicio. Por su parte, el Servicio presentó una excepción dilatoria de incompetencia arguyendo que el legislador estableció un procedimiento especial para la vulneración de derechos contemplados en los numerales 21º, 22º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República, el que se tramitaba de conformidad con el artículo 155 del Código Tributario ante el Tribunal Tributario y Aduanero respectivo, siendo éste ante quien debía alegarse lo sostenido por la demandante en la demanda civil interpuesta, en lo que dice relación con acción u omisiones del Ente Fiscal, que pudieron vulnerar sus derechos. Así, el Tribunal de Primera Instancia acogió la excepción dilatoria de incompetencia, estimando que la demanda no constituye una acción de jactancia. Concluyó que, dado que la actora denunció una perturbación del Servicio de Impuestos Internos al ejercicio de su actividad económica, la controversia debía ser conocida por los Tribunales Tributarios y Aduaneros mediante el procedimiento especial correspondiente, y no a través de un juicio sumario civil. La Corte Suprema señaló que la resolución impugnada no cumplía con los requisitos del artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, ya que no constituía una sentencia definitiva, pues no ponía término a la instancia ni resolvía el asunto controvertido, conforme a lo establecido en el artículo 158 del mismo cuerpo legal, por lo tanto, rechazó el recurso de casación en el fondo. Sin perjuicio de lo resuelto, y en uso de sus facultades, la Corte Suprema decidió actuar de oficio por haberse incurrido en un error de procedimiento por parte del Juzgado Civil. Señaló que la contribuyente interpuso una demanda de jactancia en juicio sumario contra el Servicio de Impuestos Internos, y que ese Tribunal de primera instancia decidió acoger la excepción dilatoria de incompetencia planteada por la demandada. Así, el Máximo Tribunal aclaró que, del análisis de los antecedentes, se desprendía que el Tribunal de primera instancia interpretó indebidamente la demanda, estimando que, pese a presentarse formalmente como acción de jactancia y fundarse en sus normas, la actora pretendía en realidad plantear un conflicto tributario que debía ser conocido por un tribunal distinto mediante un procedimiento especial, por ser el demandado el Servicio de Impuestos Internos. Agregó la Corte Suprema que, al acoger el Juzgado la excepción de incompetencia, este se apartó del procedimiento legalmente aplicable, resultando improcedente haber atribuido al demandante una intención distinta de la expresamente manifestada en una demanda que era clara en señalar que se trataba de una acción de jactancia. Finalmente, el Máximo Tribunal declaró la nulidad de lo obrado en la causa desde la resolución de seis de enero del año dos mil veinticinco dictada por el Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, dicha resolución inclusive, debiendo continuar la tramitación como en derecho correspondía por juez no inhabilitado

SIIjurisprudencia judicial tributariaFavorable al SII

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.