Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público apeló la resolución que no dio lugar a imponer prisión preventiva a Susana Rebolledo Acosta, formalizada por robo con intimidación. La imputada habría sido la conductora del vehículo utilizado para la huida. La detención de Rebolledo Acosta fue declarada ilegal, su participación eventualmente podría encuadrarse en el artículo 17 del Código Penal, y presenta arraigo familiar, social y laboral. La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la decisión de la jueza a-quo, considerando que las medidas cautelares decretadas son suficientes para garantizar los fines del procedimiento. El fallo fue acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Arcos, quien estimó que existían indicios suficientes para decretar la prisión preventiva.