Resumen del criterio jurisprudencial
SQM Salar S.A. solicitó la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas en un terreno fiscal. La Dirección General de Aguas (DGA) le requirió acreditar la autorización del Ministerio de Bienes Nacionales, dueño del predio superficial. SQM no cumplió dentro del plazo otorgado, por lo que la DGA la tuvo por desistida de su solicitud. SQM reclamó judicialmente, argumentando que la autorización estaba pendiente y que no existía un plazo perentorio. La Corte Suprema rechazó la reclamación, sosteniendo que la DGA actuó dentro de sus facultades legales. El tribunal consideró que la solicitud solo generaba una expectativa y que el plazo era perentorio. Se confirmó la legalidad de las resoluciones impugnadas.