Laboral

La Corte Constitucional conoció tres acciones de tutela acumuladas interpuestas por tra…

Sentencia · 2025

Resumen

La Corte Constitucional conoció tres acciones de tutela acumuladas interpuestas por trabajadoras que alegaban ser titulares de estabilidad laboral reforzada por encontrarse en situación de debilidad manifiesta derivada de graves afecciones de salud. Las accionantes sostuvieron que sus empleadores terminaron o no renovaron sus contratos sin respetar las garantías del fuero de salud, sin solicitar autorización al inspector del trabajo ni probar causa objetiva para la desvinculación. La Sala Séptima resolvió acoger la tutela de M.P. contra la SNR, acoger parcialmente la de Claudia contra la Secretaría de Educación Distrital, y rechazar la de Sandra contra el Colegio Eucarístico Villa Guadalupe. La sentencia establece que la protección a trabajadores por motivos de salud se extiende a todo tipo de relación laboral, incluyendo contratos de prestación de servicios, provisionalidad y contratos a término fijo.

Normas citadas

  • Artículo 61 del Acuerdo 01 de 2025
  • Circular Interna No. 10 de 2022 de la Corte Constitucional
  • Artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
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