AdministrativoRechaza

El recurso de casación en el fondo interpuesto por J.B. contra la sentencia de la Corte…

Sentencia · Corte Suprema · 2023

Resumen

El recurso de casación en el fondo interpuesto por J.B. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había acogido su reclamación bajo el artículo 137 del Código de Aguas, fue examinado por la Corte Suprema. La parte recurrente alegó imposibilidad jurídica para cumplir la multa de 100 U.T.A. impuesta por la Dirección General de Aguas, sustentando que una resolución del Juzgado de Policía Local prohibía la ejecución de obras en la ribera del río Aconcagua. La Corte Suprema analizó los hechos, incluyendo la Resolución D.G.A. Nº 889 de 2016 que apercibió al recurrente a restituir el cauce y la multa derivada de la infracción del artículo 172 del Código de Aguas. Se concluyó que la obligación administrativa de restitución del cauce es una obligación de hacer y que la medida precautoria de paralización no genera una incompatibilidad jurídica que impida su cumplimiento. En consecuencia, se rechazó el recurso de casación, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones. La decisión fue redactada por la abogada integrante M.A.B..

Normas citadas

  • Art. 782 Código de Procedimiento Civil
  • Art. 30 Ley Nº 18.287
  • Arts. 287 y 290 Código de Procedimiento Civil
  • Art. 137 Código de Aguas
  • Art. 172 Código de Aguas
  • Art. 116 Ley General de Urbanismo y Construcciones
  • Arts. 30, 41, 171 y 172 Código de Aguas
  • Arts. 764, 765, 766, 767, 768 y 782 Código de Procedimiento Civil
aguasCorte Suprema

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