Resumen del criterio jurisprudencial
La contratación de un sistema de pagos mediante tarjetas bancarias debe imputarse al subtítulo 22, ítem 10, asignación 999.
La contratación de un sistema de pagos mediante tarjetas bancarias debe imputarse al subtítulo 22, ítem 10, asignación 999.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.