Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Arica conoció de un recurso de apelación en una acción ejecutiva de cobro de gastos comunes. La liquidación practicada en primera instancia no incluyó los gastos comunes devengados durante la tramitación del juicio. El apelante objetó dicha liquidación. La Corte revocó la resolución apelada del Tercer Juzgado de Letras de Arica. Ordenó practicar una nueva liquidación que incluya los gastos comunes devengados durante el juicio y sus respectivas multas. La decisión se fundamentó en el artículo 32 de la Ley N° 21.442.