ConstitucionalAcoge

La recurrente EPUL interpuso un recurso de protección contra Isapre Nueva Masvida S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

La recurrente EPUL interpuso un recurso de protección contra Isapre Nueva Masvida S.A. por no otorgar igual cobertura a prestaciones de salud mental que a las de salud física, conforme a la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud y la Ley N° 21.331. La Corte de Apelaciones rechazó el recurso, argumentando que la circular solo aplica a nuevos planes de salud, no a los antiguos como el de la recurrente. La Corte Suprema revocó esta decisión, estableciendo que las normas legales y administrativas sobre salud mental son de orden público y rigen los contratos vigentes, sin discriminar entre planes antiguos y nuevos. Acogió el recurso y ordenó ajustar la cobertura de salud mental para equipararla a la física. No se ordenó restitución de sumas pagadas por la recurrente por considerar el fallo como constitutivo.

(CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓNTERCERA, CONSTITUCIONAL

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.